¿Qué pasa si no presentó la declaración de la Renta?

El 3RENTA0 de junio finalizó la campaña de la Renta 2014

¿Qué pasa si no presento la declaración?

Retrasarse en la declaración no sale gratis al contribuyente; Hacienda permite la presentación fuera de plazo pero aplica sanciones y posibles recargos que dependerán de las circunstancias y el plazo de retraso.

  • Situación 1: sale a devolver y el contribuyente la presenta antes de que se le reclame. En este caso la Agencia Tributaria aplicará una sanción por presentar la declaración fuera de plazo. Asciende a 200 euros, pero al no haber requerimiento previo de la Administración, tendrá una reducción del 50%. Si el contribuyente no reclama, la sanción tiene una bonificación del 30%, por lo que puede quedar en 70 euros.
  • Situación 2: sale a pagar y el contribuyente la presenta antes de que se le reclame. En este caso, se aplica un recargo en función de la tardanza en declarar. Si es de menos de tres meses el recargo es del 5% de la cantidad ingresada. Si está entre tres y seis meses, el 10% también sin intereses de demora. De seis a 12 meses asciende al 15%. A partir de un año (es decir, a partir de 30 de junio de 206 para declaraciones de 2014) el recargo sube al 20% y se exigen intereses de demora (interés legal del dinero aumentado en un 25%.). Los recargos pueden reducirse en un 25% si se paga en el plazo fijado.
  • Situación 3: sale a pagar y la Administración la requiere. En este caso, se añade el pago del recargo de apremio, que será del 10% en su versión reducida. Éste se aplicará cuando se pague toda la deuda en el periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo. Cuando no se aplique el recargo reducido, se aplicará el ordinario que será del 20%.
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