El 6 de abril comienza la campaña de RENTA 2015. Este año como novedad la Agencia Tributaria ha incorporado RENTA WEB, un híbrido entre el borrador y el programa PADRE.
En el año 2015, según fuentes de la AEAT, un 20% de los usuarios utilizaron los servicios móviles. El programa PADRE, tiene el inconveniente de no poder ser utilizado en este tipo de dispositivos. Renta Web es un sistema ubicuo, permite iniciar la declaración en cualquier dispositivo y finalizar en otro, ya que la información se guarda en el servidor. Otra característica está en ofrecer un servicio interactivo adaptándose a todos los perfiles , desapareciendo la difencia entre BORRADOR y PADRE.
Todos los contribuyentes a excepción de los que tengan rentas procedentes de Actividades Económicas podrán hacer la RENTA WEB
Otra novedad es el NÚMERO DE REFERENCIA, el cual no está vinculado al expediente sino al contribuyente. Tampoco es único, se entregará un número diferente por cada solicitud (máximo tres al día) siempre y cuando el contribuyente no lo haya habilitado. Solo será válido el último y tendrá vigencia hasta el inicio de la campaña siguiente.
El calendario de la campaña es el siguiente:
- 6-04-2016 COMIENZA LA CAMPAÑA DE RENTA 2015
-Inicio Servicios telemáticos
-Obtención del número de referencia
-Descarga del Programa PADRE
-Presentación telemática de declaraciones
-Inicio Servicio telefónico de Información
- 04-05-2016 Inicio servicio de Cita Previa
Inicio servicio de Cita Previa
- 10-05-2016 Inicio campaña presencial.Presentación de declaraciones en papel
Inicio campaña presencial.Presentación de declaraciones en papel
- 25-06-2016 Fecha límite domiciliación bancaria
Último día para presentar declaraciones con domiciliación bancaria.
- 29-06-2016 Fin servicio concertación cita previa
Último día para solicitar cita previa para atención en oficinas.
- 30-06-2016 FIN CAMPAÑA RENTA 2015
Último día para presentar la declaración de Renta 2015.
Esta declaración es la primera que presentamos después de la entrada en vigor de la Reforma Fiscal 2015, por lo que es conveniente estar alerta para no equivocarnos, primero para tributar lo justo por las rentas percibidas durante el 2015 y segundo para evitar que un fallo o error nos haga recibir una notificación de inspección o paralela de la Agencia Tributaria.
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